Estas son las condiciones de uso de las tarjetas de estacionamiento para personas con discapacidad cuando entre en vigor la ordenanza municipal de Pamplona (01/08/2019). En el apartado «Condiciones de uso» hemos puesto en mayúsculas los asuntos que más afectan a los #okupasmotorizados

LA ORDENANZA MUNICIPAL DE MOVILIDAD DE LA CIUDAD DE PAMPLONA ENTRARÁ EN VIGOR EL 01/08/2019

TÍTULO IV.-DE LA PARADA Y EL ESTACIONAMIENTO.
CAPÍTULO I.-TARJETA DE ESTACIONAMIENTO PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD, RESERVADOS Y ESTACIONAMIENTO.

Artículo 45. Tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad, reservados y estacionamiento.

4. CONDICIONES DE USO
Las tarjetas de estacionamiento expedidas a personas físicas sobre la base de su movilidad; sean para cinco años,provisionales o para determinadas zonas; son personales e intransferibles, y para beneficio exclusivo de su titular, y SOLAMENTE PODRÁN SER UTILIZADAS CUANDO ESE TITULAR CONDUZCA UN VEHÍCULO O SEA TRANSPORTADO EN ÉL.
Las tarjetas concedidas sobre la base de lo dispuesto en el artículo 3.2 del Real Decreto 1056/2014 únicamente podrán utilizarse cuando el vehículo transporte de forma efectiva las personas referidas en ese artículo.Los titulares de tarjetas tendrán la obligación de notificar cualquier modificación de las condiciones que le dieron derecho a la misma y deberán entregarla en caso de perder el derecho a ella.
La tarjeta, SIEMPRE EL DOCUMENTO ORIGINAL, SE COLOCARÁ EN EL SALPICADERO O EN EL PARABRISAS DELANTERO DEL VEHÍCULO DE FORMA QUE SEA PERFECTAMENTE VISIBLE Y LEGIBLE DESDE EL EXTERIOR. LA UTILIZACIÓN FRAUDULENTA DE UNA TARJETA PODRÁ DAR LUGAR A SU CANCELACIÓN SIN PERJUICIO DE LAS SANCIONES CORRESPONDIENTES

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